Actividades y ámbitos de actuación del economista.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 871/77, de 26 de abril, por el que se aprueba el Estatuto profesional del Economista, que incorpora las funciones propias del economista, incluidas en la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones de la oficina de trabajo de Ginebra (OIT), los mismos están facultados realizar las siguientes actividades profesionales:
Administración, Organización y Dirección de Empresas
Posibilidades laborales
Sin ánimo de ser exhaustivos en la enumeración de las salidas profesionales en relación con las actividades para las que está facultado un economista, podemos señalar como principales las siguientes, clasificadas en las siguientes áreas: